¿En tela de juicio la validez de su matrimonio y bautismo?

Imagen de una pareja de cerámica parada en en un pastel de boda partido por el medio, parado el novio en un lado y la novia en la otra mitad.    

Divorciados, cada uno de su primer cónyuge,
entonces se conocen y se casan, luego se bautizan.

Parafraseamos, a continuación, un conjunto de circunstancias que ciertos lectores nos plantearon, pidiendo nuestro consejo.

“Fuimos los dos divorciados, cada uno de su primer cónyuge. Al tiempo, nos conocimos y nos casamos. Luego de pasar unos años en una iglesia pentecostal, salimos, habiendo aprendido una doctrina más acorde con la Biblia, y nos bautizamos en una iglesia de Cristo. Últimamente, hemos estudiado más cuidadosamente la enseñanza de Cristo sobre el divorcio y nuevas nupcias, concluyendo que posiblemente estemos contraviniendo la ley de Cristo al permanecer juntos como esposa y esposo. Porque la persona que ha sido ladrón, al convertirse y desear ser bautizada, además de arrepentirse, debe dejar de seguir cometiendo el pecado de robar, empezando una nueva vida. ¿No nos corresponde hacer otro tanto? Es decir, dejar ese pecado que cometimos, el cual solo se lograría separándonos. El que roba, al arrepentirse, deja ese pecado atrás. Pero, nosotros dos, ¿seguiremos arrastrando nuestro pecado, aunque intentemos cada día tener una vida nueva? En cuanto a los cristianos del Siglo I, ¿no será diferente nuestra situación a la de ellos, pues en Pentecostés no tenían el Nuevo Testamento completo, mucho menos escrito, pero nosotros sí lo tenemos? Nos amamos y nos llevamos muy bien, y queremos seguir luchando por esa nueva vida en Cristo.”

Pues bien, sin pretensión alguna de poder dar un consejo completamente sencillo, apoyado en textos o ejemplos bíblicos igualmente sencillos y claros, nos dedicamos a la tarea de analizar este caso, suplicando al estudioso imparcial que evalúe nuestra humilde aportación, corrigiendo cualquier error que discierna. Por cierto, desde hace tiempo, torbellinos de fuertes controversias sobre estos temas causan estragos graves entre creyentes en muchos lugares, haciendo añicos la comunión espiritual, aun resultando en divisiones destructivas. No albergamos ninguna ilusión de detenerlos. Con todo, quizás podamos lograr algún nuevo enfoque que aclare un poco lo tenebroso y conflictivo.

A.  En primer lugar, el paralelo entre ser “ladrón” y ser “divorciado, casado de nuevo y bautizado” no me parece del todo válido.

1.  Hurtar, cometer homicidio y mentir siempre han sido pecados, desde el primer pecado hasta el sol de hoy. Condenados por toda sociedad y religión. De manera que toda persona en sus cabales sabe que hurtar no es bueno; que hurtar es una violación de la ley civil, bien sea escrita tal ley, como en sociedades civilizadas, u oral, como entre algunas gentes autóctonas. ¿Acaso se encuentre algún ladrón que justifique sus hechos, diciendo algo como: “Pero, yo, cuando hurtaba, no conocía la ley de Cristo, y por tanto, no soy culpable”? El ladrón, bien que tenga, o no, conocimiento exacto de lo que dice Cristo en el Nuevo Testamento sobre hurtar, se condena a sí mismo en lo que hace, pues el sentido común y natural de bueno y malo suele dictarle que sus acciones son malas.

2.  En cambio, la nueva ley de Cristo sobre “casarse, divorciarse y contraer nupcias de nuevo”, expuesta en Mateo 19:1-12 y Marcos 10:1-12, no ha sido siempre la ley de Dios para la humanidad. Consideremos lo que ha sucedido en tiempos pasados conforme a relatos en la Biblia misma.

a)  Abraham tomó por esposa a Sarah, pero también engendró hijos en Agar, sierva egipcia de Sarah, y en algunas concubinas (Génesis 16:1-4; 25:6). ¿Condena Dios a Abraham por “adúltero”? Hasta donde sepa este servidor, no hubo tal sentencia contra el “padre de la fe”.

b)  Jacob (Israel) tuvo dos esposas, Lea y Raquel, también engendrando hijos, por voluntad de Dios, en Bilha, sierva de Raquel, y en Zilpa, sierva de Lea. De estas cuatro mujeres nacieron los doce patriarcas. No hay indicio alguno de que Dios inculpara de pecado a Jacob por sus relaciones íntimas con cuatro mujeres a través de largos años (Génesis 29 y 30).

c)  Moisés, el “amigo de Dios”, tomó a más de una mujer por esposa, no acusándole Dios de pecar. (Éxodo 2:21; Números 12:1).

d)  El rey David tomó a varias mujeres por esposas o concubinas. Por ejemplo: “Y tomó David más concubinas y mujeres de Jerusalén, después que vino de Hebrón, y le nacieron más hijos e hijas” (2 Samuel 5:13).

e)  Del rey Salomón, ni habar. Se nos informa que aquel rey “tuvo setecientas mujeres reinas y trescientas concubinas; y sus mujeres desviaron su corazón” (1 Reyes 11:3). El que tuviera Salomón tantas mujeres, y que estas le desviaran su corazón, no impidió que Dios mismo le revelara el caudal de sabiduría atesorada en Eclesiastés y Proverbios.

f)   La ley de Dios dada a Moisés en Sinaí estipulaba específicamente que un hombre casado tenía derecho de despedir a su esposa por alguna razón que no fuera infidelidad conyugal de parte de ella, dándole una “carta de divorcio”. Haciéndolo, podía casarse de nuevo, sin incurrir en pecado.  

(1)  “Cuando alguno tomare mujer y se casare con ella, si no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa indecente, le escribirá carta de divorcio, y se la entregará en su mano, y la despedirá de su casa. Y salida de su casa, podrá ir y casarse con otro hombre.” (Deuteronomio 24:1-2)

(2)  Le dijeron: ¿Por qué, pues, mandó Moisés dar carta de divorcio, y repudiarla? Él les dijo: Por la dureza de vuestro corazón Moisés os permitió repudiar a vuestras mujeres; mas al principio no fue así.” (Mateo 19:7-8).

(a)  “…al principio no fue así.” Es decir, antes de recibir Moisés la ley en Sinaí, lo de “carta de divorcio” no existía como provisión divina para la disolución del matrimonio.

(b)  La expresión “…al principio no fue así” constituye evidencia incontestable de lo que estamos afirmando, a saber, que la nueva ley de Cristo sobre “casarse, divorciarse por una razón que no sea infidelidad sexual y casarse de nuevo” no ha sido siempre la ley de Dios para la humanidad. “…al principio no fue así”, pero durante la Era Mosaica sí fue así. Entonces, Jesucristo vuelve a establecer lo que fue “al principio”. Claramente, se señalan tres etapas distintas, siendo la de la Era Mosaica diferente a las otras dos. Observamos que aquello de tener algunos de los hombres de Dios, durante la Era Patriarcal y la Mosaica, más de una esposa, como además, concubinas, no figura en el diálogo entre Cristo y sus discípulos sobre “matrimonio, divorcio y nuevas nupcias”.

g)  Se desprende de todos estos datos que la ley de Jesucristo para la Era Cristiana sobre “matrimonio, divorcio y nuevas nupcias” no ha sido vigente, volvemos a enfatizar, durante toda la historia de la humanidad. Por lo tanto, no pertenece a la categoría de leyes universales siempre vigentes que condenan acciones criminales, por ejemplo, la de robar.

B.  Establecido, pues, que la nueva ley de Cristo sobre “matrimonio, divorcio y nuevas nupcias” no ha sido impuesta por Dios durante toda la historia de nuestra raza, surgen dos preguntas claves, a saber: (1) ¿Cuándo entró en vigor la nueva ley de Cristo? (2) ¿Cómo aplicaban los apóstoles esta nueva ley a los seres humanos, tanto judíos como gentiles, que escucharan el evangelio?

1.  Contestamos la primera sin dificultad alguna. La nueva “ley de Cristo” (1 Corintios 11:21) entró en vigor en el día de Pentecostés, del año 30 d. C., conforme a una determinación previa hecha por la Deidad. Siendo Jesucristo mediador del “nuevo pacto” (Hebreos 8:6), este “mejor pacto” no tendría vigencia hasta no morir su testador, de acuerdo con lo explicado en Hebreos 9:15. Crucificado el testador, y sepultado, resucitó el tercer día. A los cuarenta días ascendió al cielo, donde se sentó a la diestra del Padre, y diez días después, en Pentecostés, derramó el Espíritu Santo sobre los apóstoles, así capacitándoles para recordar todo lo que él les había enseñado (Juan 14:26), como también para recibir y proclamar las revelaciones divinas adicionales que integran el Nuevo Testamento (Juan 16:13; Hebreos 2:1-4). Así que, recalcando, la nueva “ley de Cristo” entró en vigor el día de Pentecostés, del año 30 d. C.

2.  La segunda pregunta es la que resulta problemática, despertando todo un avispero de controversias. ¿Cómo aplicaban los apóstoles la nueva ley de Cristo sobre “matrimonio, divorcio y nuevas nupcias”, incorporada en el “nuevo pacto” (nuevo testamento), a los seres humanos, tantos judíos como gentiles, que escucharan promulgado este nuevo mensaje, llamado “evangelio del reino” (Mateo 24:14), o “evangelio de salvación” (Efesios 1:13)?

a)  Nos ubicamos en Jerusalén, en el Pentecostés del año 30, y estamos observando cuando casi tres mil personas responden positivamente a las instrucciones de los apóstoles “…arrepentíos, y bautícese, cada uno de vosotros, en el nombre de Jesucristo, para perdón de los pecados…”, recibiendo la Palabra, bautizándose y añadiéndose a la iglesia “aquel día” (Hechos 2:38-47), es decir, aquel mismo día de Pentecostés.

(1)  ¿Cuántos matrimonios figuraban en aquel número de “como tres mil”. Probablemente, cientos, aun mil o más, suponiendo que también abarcara el número a solteros y a los hijos grandes de algunos matrimonios.

(2)  ¿Cuántos de estos cientos de matrimonios caerían en la categoría de judíos o prosélitos “divorciados y casados de nuevo”, quizás múltiples veces, conforme a la ley mosaica de “carta de divorcio”, la que les autorizaba a divorciarse por razones que no fueran la infidelidad sexual, y casarse de nuevo, sin violar directrices divinas? Indudablemente, muchos. En aquel Pentecostés del año 30, ¿vivían en adulterio los casados de este tipo? Negativo. No vivían en adulterio. Estaban casados legítimamente, ante Dios y la sociedad, según la ley proclamada por Dios mismo a Moisés en Sinaí. Por consiguiente, en términos de “divorcio, matrimonio y nuevas nupcias”, no tenían de qué arrepentirse. Eran culpables de haber consentido a la crucifixión del Mesías, y tal vez de otros pecados, pero qué conste, ¡no del pecado de vivir en adulterio! Subrayamos: estaban casados legítimamente según el pacto hecho entre Dios y ellos. Por lo tanto, no debían disolver sus matrimonios como fruto de arrepentimiento y condición para bautizarse. Postulo que a esto se debe el hecho de no mencionarse siquiera algún requerimiento al respecto en el relato de Hechos sobre lo ocurrido en el día de Pentecostés.

(a)  Efectivamente, la nueva ley de Cristo, es decir, su “nuevo pacto” (nuevo testamento), no fue hecha retroactiva, reemplazando y cancelando la ley de Moisés para los judíos y prosélitos que vivían antes de Pentecostés del año 30 d. C. No invalidó los matrimonios contraídos legítimamente antes de referida fecha, haciendo de repente “adúlteros” a los que, hasta aquel momento, eran inocentes ante Dios respecto a su vida conyugal.

(b)  Ahora bien, una vez bautizados “aquel día” de Pentecostés y añadidos a la iglesia (Hechos 2:41-47), desde ese momento trascendental en adelante, conducirían su vida conyugal conforme a la nueva ley de Cristo. Ya no volverían a practicar lo de la “carta de divorcio”, sometiéndose más bien a las directrices de Cristo tal cual enunciadas en Mateo 19:1-12 y Marcos 10:1-12.

b)  Estas conclusiones acerca de los judíos y prosélitos convertidos en Jerusalén, en el Pentecostés del 30 d. C., han de aplicarse, lógicamente, a judíos y prosélitos convertidos en otros lugares y tiempos del Siglo I, y por extensión, en todos los lugares y tiempos durante toda la Era Cristiana, por la sencilla razón de que “Dios no hace acepción de personas” (Hechos 10:34), principio declarado una y otra vez en el Nuevo Testamento. Así que, si en Jerusalén, en Pentecostés, a los matrimonios constituidos según la ley mosaica no se les obliga a disolverse, como condición para el bautismo, pese a divorcios y nuevas nupcias sin que hubiese infidelidad conyugal de las partes, tampoco se les obligaría a los judíos y prosélitos convertidos en Antioquía, Éfeso, Berea, Corinto o Roma cuyas circunstancias fueran las mismas.

-A propósito, después de Pentecostés, el Señor seguía añadiendo “cada día a la iglesia los que habían de ser salvos” (Hechos 2:47). “…cada día…” Según cálculos basados en otros textos que proporcionan errata sobre el crecimiento vertiginoso de la iglesia en Jerusalén durante los dos, hasta tres años, antes de ser esparcida (Hechos 8:1-4), el número de los discípulos bien pudiera haber alcanzado la cifra de veinticinco mil, aun cincuenta mil. ¿Cuántos matrimonios como los que tenemos en la mirilla hubiesen figurado en una multitud tan grande de nuevos cristianos? Matrimonios formados de personas divorciadas y casadas de nuevo, según la ley mosaica, sin que el adulterio fuera la causa de los divorcios. Suponiendo que los apóstoles no rehusaran bautizar a tales parejas, acto que nos luce como totalmente improbable ya que tales parejas no eran culpables de adulterio. [Sobre el crecimiento fenomenal de la iglesia en Jerusalén, ofrecemos el estudio “Historia de la primera iglesia de Cristo, la que fue establecida en Jerusalén, en Pentecostés del año 30 d. C.” www.editoriallapaz.org/iglesia_Jerusalen_Pentecostes_32.htm]

c)  Y, ¿los gentiles casados legalmente, conforme a la ley de su país, cual fuera, que llegaran a escuchar y creer el evangelio durante el Siglo I, y por extensión, en cualquier otro tiempo de la Era Cristiana? Por ejemplo, los ciudadanos romanos que fueran gentiles. De haberse divorciado y casado de nuevo, aun múltiples veces, pero no por infidelidad conyugal de las partes –siempre sometidos a su ley civil, la cual autorizaba tal divorcio (se asume)- ¿tendrían que disolver su matrimonio como fruto de arrepentimiento y condición para bautizarse? Respondemos a esta pregunta con otra: ¿Por qué obligar Dios a los gentiles en tales circunstancias a disolver su matrimonio, pero no a judíos o prosélitos encontrados en circunstancias similares? Sabiendo que él “no hace acepción de personas”, me atrevo a pensar que no lo haría. Ambos grupos llegan a escuchar el evangelio, teniendo ambos, matrimonios legítimos conforme a sus respectivas leyes. ¿Con qué razón aplicarles distintos criterios? Además, ¿es lógico pensar que leyes matrimoniales para los gentiles, pueblos sin “ley” dada por Dios (Romanos 2:14-16), “alejados de la ciudadanía de Israel y ajenos a los pactos de la promesa” (Efesios 2:12-13), fuesen más rigorosas, más conservadoras, que las leyes dadas por Dios a su pueblo electo Israel?

(1)  En Samaria, el evangelista Felipe predicó “a Cristo. Y la gente, unánime, escuchaba atentamente las cosas que decía”“…se bautizaban hombres y mujeres” (Hechos 8:4-12). ¿Acaso interrogara Felipe a cada persona que pidiera ser bautizada sobre pasados matrimonios, divorcios y nuevas nupcias, exigiendo que disolvieran sus matrimonios como condición para bautismo todos los que no hubiesen procedido según la nueva ley de Cristo, pese a no haber sabido aquellos samaritanos nada de tal ley hasta aquel momento? Al respecto, ni una palabra se registra en el relato bíblico de la conversión de los samaritanos. Ni la más mínima intimación.

(2)  En Cesarea, el gentil Cornelio convocó “a sus parientes y amigos más íntimos” para escuchar al apóstol Pedro predicar el evangelio. “Mientras aún hablaba Pedro estas palabras, el Espíritu Santo cayó sobre todos los que oían el discurso” (Hechos 10:22-48). ¿Habían sido casados todos estos gentiles que se encontraban en la casa de Cornelio según la nueva ley de Cristo en torno a “matrimonio, divorcio y nuevas nupcias”? ¿Les interroga Pedro al respecto? ¿O lo toma en cuenta el Espíritu Santo antes de caer sobre ellos? Silencio sobre estas cuestiones en todo el relato.

(3)  En Filiposel carcelero y “todas los que estaban en su casa”  oyeron la Palabra predicada por Pablo y Silas, “y enseguida se bautizó él con todos los suyos” (Hechos 16:25-40). Gentiles, todos. ¿Acaso hubiese tenido aquel varón algún matrimonio anterior, o más de uno? Y su esposa, ¿quizás un esposo, o más de uno, antes de casarse con el carcelero? ¿Qué sabían acerca de la nueva ley de Cristo sobre “matrimonio, divorcio y nuevas nupcias” antes de escuchar el evangelio predicado aquella noche? ¿Acaso les interrogaran Pablo y Silas sobre tales asuntos antes de proceder a bautizarlos? Ni el más mínimo indicio de tal acción. Curioso, de ser absolutamente necesario tener un matrimonio conforme a la nueva ley de Cristo para recibir el bautismo. Hacemos hincapié en que el carcelero y los suyos, gentiles todos, fueron bautizados “enseguida”.

(4)  A través del Imperio Romano, en otras ciudades –Tesalónica, Corinto, Éfeso, Tiatira, Colosas, Filadelfia, Laodicea, Sardis, Pérgamo, Roma, etcétera-  y campos, se convierte a Cristo gran número de gentiles. Interesantemente, en la historia bíblica de las exitosas obras evangelísticas entre ellos, nunca se dice nada al efecto de que tuvieran que disolver sus matrimonios, como condición para bautizarse, las parejas gentílicas que no hubieran procedido conforme a la nueva ley de Cristo durante todo el tiempo de sus vidas antes de escuchar por primera vez el evangelio. Curioso de verdad, de haber sido necesario tal paso.

(a)  Por cierto, es de suponerse que tal exigencia hubiese causado una conmoción no pequeña entre quienes la escucharan, y controversias acaloradas semejantes a las que se sostienen hoy por hoy donde la misma es fijada como condición para ser bautizado. Más sin embargo, no hallamos evidencia o asomo alguno de tales conmociones o controversias en textos históricos del Nuevo Testamento. En Éfeso, “muchos de los que habían creído venían, confesando y dando cuenta de sus hechos. Asimismo muchos de los que habían practicado la magia trajeron los libros y los quemaron delante de todos…” (Hechos 19:18-19). También se infiere que muchos en Éfeso dejaran de comprar “templecillos de Diana”, de “la gran diosa Diana” a quien veneraba “toda Asia, y el mundo entero”, según Demetrio, platero (Hechos 19:23-27). Más sin embargo, no se dice: “Y los que se habían divorciado y casado de nuevo, aun múltiples veces, según las leyes de Éfeso y del Imperio Romano, pero no por infidelidad conyugal, como enseña la ley de Cristo, se separaron para poder ser bautizados. Opino que “separarse personas legítimamente casadas conforme a la ley civil que las regía, como condición para ser bautizadas” sería un acto mucho más digno de mencionarse que quemar libros de magia. Más sin embargo, no se ventila tal noticia en los anales del Nuevo Testamento.

(b)  No perdamos de vista que el enfoque es sobre “personas gentílicas legalmente divorciadas, pero no por infidelidad conyugal, que se casaran de nuevo, todo de acuerdo con el código civil que las regía”. Desde luego, había adúlteros y fornicarios entre los gentiles, lo mismo que entre judíos y samaritanos. Personas casadas conforme a la ley civil del Imperio Romano, o del país que fuera, pero infieles a su voto matrimonial. Personas no casadas, pero sexualmente activas. Personas que vivían en concubinatoGente promiscua. Prostitutas. Homosexuales. Al escuchar cualquiera de estos el evangelio y desear convertirse a Cristo, debía arrepentirse de sus pecados sexuales, desistiendo de cometerlos. Tratándose de los corintios, el apóstol Pablo escribe: “No erréis; ni los fornicarios, ni los idólatras, ni los adúlteros, ni los afeminados, ni los que se echan con varones, ni los ladrones… heredarán el reino de Dios. Y esto erais algunos; mas ya habéis sido lavados…” (1 Corintios 6:9-10). El punto que queremos resaltar es que entre aquellos “fornicarios” y “adúlteros” señalados por Pablo no figuraban gentiles legalmente casados, según la ley civil que las regía, durante la etapa de su vida previa a escuchar el evangelio. Su matrimonio era legal pese a que se hubiesen divorciado uno de ellos, o ambos, por una causa que no fuera la infidelidad conyugal, asumiendo que la ley civil que las regía autorizara divorcios por causas que no fueran el adulterio. Así que, a la hora de escuchar el evangelio por primera vez, cuentan con un matrimonio legítimo. No son adúlteros. Postulamos que Dios reconoce como válido su matrimonio, de la misma manera que lo hace en el caso de los judíos en Pentecostés. ¿Acaso nos equivoquemos?

(c)  La despedida de mujeres extranjeras por los israelitas (Esdras, los capítulos 9 y 10). Después del cautiverio babilónico de setenta años, regresados contingentes de israelitas a sus tierras, incluso el sacerdote Esdras, leyendo de nuevo los estatutos de la ley dada al pueblo en Sinaí, comprendían que habían pecado al haberse casado un número no pequeño con mujeres extranjeras. Convocados “todos los hombres de Judá y de Benjamín, se reunieron en Jerusalén… y se sentó todo el pueblo en la plaza de la casa de Dios, temblando con motivo de aquel asunto, y a causa de la lluvia. Y se levantó el sacerdote Esdras y les dijo: Vosotros habéis pecado, por cuanto tomasteis mujeres extranjeras…” (Esdras 10:9-10). Consintieron los culpables en despedirlas, y asimismo lo hicieron. “…y había mujeres de ellos que habían dado a luz hijos” (Esdras 10:44). Qué conste: aquella ley sobre “no casarse con mujeres extranjeras” atañía a los israelitas exclusivamente, y fue dada a conocer públicamente en Jerusalén, por Esdras, solo a israelitas. Huelga decir que no fue predicada o aplicada a otros pueblos. Ahora bien, Israel es figura de la iglesia. Surge, pues, la pregunta: ¿Es correcto aplicar a gentes fuera de la iglesia leyes dadas específicamente a la iglesia? El código de leyes que rige al reino de Dios, reino espiritual, reino no de este mundo (Juan 18:36), ¿también rige a los reinos del mundo?

d)  Resumen. ¿Cómo, pues, aplicaban los apóstoles la nueva ley de Cristo sobre “matrimonio, divorcio y nuevas nupcias” a los seres humanos, tanto judíos como gentiles, que escucharan el evangelio y desearan no solo arrepentirse sino también bautizarse? A mi parecer personal, ya tenemos la respuesta, a saber: No obligaban a los que estaban casados legítimamente, según sus respectivas leyes civiles-religiosas, a disolver sus matrimonios, como condición para el bautismo, pese a que se hubieran divorciado y casado de nuevo, sin que fuera la infidelidad conyugal el causal  del divorcio. Al lector que no encuentre convincentes las evidencias y argumentos presentados para sostener esta tesis le animamos a comunicarnos sus razones.

 

C.  Los parámetros de estos temas cambian notablemente cuando nos ubicamos en lugares donde el “cristianismo”, cualquiera sea su manifestación, ya católica romana ya protestante, evangélica o pentecostal, impera en una mayoría de los habitantes, teniendo estos algún conocimiento de Cristo y sus enseñanzas, por correcto o erróneo que sea. En tales lugares o culturas, muchas personas se casan, se divorcian por cualquier razón o capricho, luego contraen matrimonio con otras personas, bien sean solteras o también divorciadas, pero no necesariamente por la única causa que admite Cristo, a saber, la infidelidad  conyugal. Mientras algunas iglesias censuren semejante proceder, a otras les importa poco, o nada, tolerando algunas el adulterio y recibiendo no pocas hasta a homosexuales y lesbianas como feligreses bona fide, aun cediéndoles el púlpito u otras posiciones de liderazgo. Al tomar cualquier integrante de la categoría identificada un giro sobrio, tal vez drástico, en su vida espiritual, llegando al conocimiento de la “sana doctrina”“la doctrina de Cristo” (Hebreos 6:1; 2 Juan 9-11), y pidiendo ser bautizado bíblicamente “para perdón de los pecados” (Hechos 2:38), ¿cómo se le aplicaría la ley de Cristo sobre “matrimonio, divorcio y nuevas nupcias”? Ya sabe algo de Biblia, quizás bastante, o todo, acerca de la nueva ley de Cristo en torno al “matrimonio, divorcio y nuevas nupcias”. Suponiendo que tuviera un matrimonio no ajustado a esta ley, ¿debería disolverlo como condición para ser bautizado y añadido a la iglesia de Cristo?

1.  Algunos estudiosos de estos temas dicen que sí, que debiera disolverlo, que no importa el conocimiento que tuviera o no tuviera, que comoquiera que sea, la ley de Cristo le es aplicable.

2.  Otros dicen que no, que no importa cuántos matrimonios o divorcios tuviera antes de tomar la decisión de obedecer al evangelio verdadero, ni las causas del divorcio, o los divorcios, obtenidos; que tampoco importa el conocimiento o entendimiento que tuviera de la enseñanza de Cristo, que si parcial o completo; que la ley de Cristo no le es aplicable hasta que no se haga miembro de la iglesia.

3.  Quizás lo más indicado, aun lo más sabio, no sería tomar una decisión por el candidato, obligándole a someterse a nuestra evaluación personal de su caso, la cual bien pudiera ser inválida por carecer nosotros de información completa, sino instar al candidato a tomar su propia decisión, haciéndole responsable ante Dios por ella. Al fin y al cabo, el candidato es quien sabe lo que hizo, por qué lo hizo y lo que dijo su conciencia cuando lo hizo. ¿Por qué habría yo de hacer el rol de investigador privado, esforzándome para verificar el pasado moral-social-espiritual del candidato? El alma a salvarse es la suya. Pues, que tome él la mayor responsabilidad en el asunto. Desde luego, si desempeño el papel de maestro, me corresponde instruir correcta y adecuadamente al candidato.

a)  ¿Sabía el candidato que hacía mal al divorciarse por una razón que no fuera la infidelidad sexual de su cónyuge y contraer nuevas nupcias, exactamente como enseña Cristo? ¿Le denunciaba su propia conciencia, alumbrada por la luz del evangelio sobre el asunto de matrimonio, divorcio y nuevas nupcias, pese a que no entendiera otras doctrinas de Dios en el Nuevo Testamento, por ejemplo, que la “antigua ley” de Moisés, con sus diezmos, sábados, etcétera, ha sido abrogada (Hebreos 7:12; 2 Corintios 3:6-17; Hebreos 8:8-13), las doctrinas que fijan el modo y el propósito del bautismo, o las que enseñan cómo adorar “en espíritu y en verdad” (Juan 4:24)? Pensamos que si tanto la mente como el corazón del candidato le dicen que es “adúltero”, que su matrimonio actual no es aprobado por Dios, ¿cuál remedio podría tener ante Dios sino el de disolver una relación social-sexual que el mismo tiene por pecaminosa?   “…y todo lo que no proviene de fe, es pecado” (Romanos 14:23). “…si nuestro corazón nos reprende, mayor que nuestro corazón es Dios, y él sabe todas las cosas” (1 Juan 3:20). Con todo, al candidato también le convendría tener presente el que tanto la mente como el corazón nos pueden engañar si malinterpretamos los hechos o no tenemos suficiente entendimiento. Existe, además, el peligro de que terceras personas nos desorienten con opiniones o argumentos carentes de fundamento sólido.

b)  Por otro lado, ¿está completamente convencido el candidato de contar con un matrimonio legítimo ante Dios y los hombres? En los lugares donde predomina el “cristianismo”, muchos “religiosos”, o “religiosos a medias”, confrontando la “sana doctrina” y deseando practicarla, se presentan como “casados legítimamente ante Dios”, pese a previos matrimonios y divorcios obtenidos no necesariamente por causa de infidelidad conyugal. ¿Deberíamos obligarlos a disolver sus matrimonios como condición para ser bautizados y ser recibidos como miembros en una congregación regida por el Nuevo Testamento?  ¿O encargar a cada candidato la decisión, haciéndole responsable ante Dios por ella? De mi parte, contestaría con las mismas observaciones ya hechas en la partida “C, 3” arriba. Además, en mi rol de maestro –por cierto, un papel que desempeño con temor y temblor- animaría al candidato a responder, objetiva y honestamente, a las siguientes preguntas:

(1)  ¿Tenía yo conocimiento cabal de la nueva ley de Cristo sobre “matrimonio, divorcio y nuevas nupcias” durante el tiempo antes de tomar la decisión de obedecer la “sana doctrina”?

(2)  ¿Me censuraba mi conciencia al contraer matrimonio después de haberme divorciado de mi cónyuge anterior, no siendo la causa del divorcio la infidelidad sexual?

(3)  ¿Pensaba hacer lo bueno, lo correcto, al casarme de nuevo?

(4)  ¿Pensaba cometer pecado?

(5)  Al casarme de nuevo, ¿me amparaba en derechos y leyes civiles que me autorizaban a proceder así?

(6)  ¿Conceptuaba como legítimo mi nuevo matrimonio no solo en términos legales terrenales sino también ante Dios?

(7)  Al aprender la “sana doctrina… de Cristo” y desear bautizarme bíblicamente, ¿estaba seguro de acercarme a las aguas bautismales, teniendo un matrimonio legítimo ante Dios y los hombres?

Suponiendo que el candidato conteste que “No” a las preguntas 1, 2 y 4, y que “Sí” a las preguntas 3, 5, 6 y 7, ¿en qué diferiría su estado matrimonial de los de judíos y gentiles analizados en las partidas “A y B”? O sea, que, pese a su “religiosidad cristiana”, distorsionada y deficiente, cuente, tal y como asegura, con un matrimonio legítimo, no siendo adúltero. Con todo, la determinación final es suya, y qué la tome con plena seriedad y mucha oración, pues el juicio Dios lo toma, “y él sabe todas las cosas”, conocimiento que yo jamás pudiera tener, ni ningún otro ser humano.

D.  Porque la persona que ha sido ladrón, al convertirse y desear ser bautizada, además de arrepentirse, debe dejar de seguir cometiendo el pecado de robar, empezando una nueva vida. ¿No nos corresponde hacer otro tanto? Es decir, dejar ese pecado que cometimos, el cual solo se lograría separándonos. El que roba, al arrepentirse, deja ese pecado atrás. Pero, nosotros dos, ¿seguiremos arrastrando nuestro pecado, aunque intentemos cada día tener una vida nueva?”

1.  Mediante todo lo analizado en las partidas “A y B”, se ha puesto de relieve el hecho de que no es válida la comparación hecha entre ser ladrón y ser casado, divorciado y bautizado.

2.  “…dejar ese pecado que cometimos…” “…arrastrando nuestro pecado…” ¿Cuál pecado? Primero, es preciso determinar si pecaran, o no, de acuerdo con todo lo estudiado en este tratado. De hecho, no nos informan la razón del divorcio, cada uno de su primer cónyuge. Siendo adulterio la causa en ambos casos, y siendo ustedes las partes inocentes, perfecto derecho bíblico tenían, según la “ley de Cristo”, de casarse de nuevo, no cometiendo pecado alguno al hacerlo (Mateo 19:1-11; Marcos 10:1-12).

E.  “En cuanto a los cristianos del Siglo I, ¿no será diferente nuestra situación a la de ellos, pues en Pentecostés no tenían el Nuevo Testamento completo, mucho menos escrito, pero nosotros sí lo tenemos?”

1.  Cierto es que no fue revelado “el Nuevo Testamento completo” en el día de Pentecostés sino paulatinamente a través de varias décadas del Siglo I. El factor clave, conforme a mi apreciación, es que antes de Pentecostés los judíos vivían conforme a la “antigua ley” de Moisés, mientras los gentiles, estando “ajenos a los pactos de la promesa” (Efesios 2:11-16), vivían bajo las leyes civiles de los países donde residían, o bajo la ley de la conciencia (Romanos 2:14-16). Tanto para los unos como para los otros, la ley de Cristo vino a regirlos en el día en que la escucharan, entendiéndola, bien fuera en Pentecostés o después. Asimismo, hoy día la ley de Cristo toma potestad en cada vida, o sea, se hace efectiva, en el día cuando cada uno la escuche, entendiéndola. Así pues, no importando el tiempo o el lugar, cada alma que quisiera salvarse, haciendo “la buena voluntad de Dios, agradable y perfecta” (Romanos 12:2), implementa en su vida diaria esta preciosa y poderosa “voluntad” divina a medida de que la aprenda y entienda. Desde luego, no es de esperarse que la aprenda toda en un solo día, implementándola a perfección desde el principio de su nuevo andar en el Señor.

2.  Tocante al punto “…pero nosotros sí lo tenemos”, ¿qué quisieran decir? ¿Acaso que tuvieran conocimiento completo de la ley de Cristo sobre “matrimonio, divorcio y nuevas nupcias” cuando se divorciaron, cada uno, de su primer cónyuge, casándose luego el uno con el otro? En tal caso, permítanme recomendarles considerar de nuevo lo traído en la partida “C, 3, b”. Por otro lado, poseer un Nuevo Testamento, o la Biblia completa, no es sinónimo, huelga decir, con tener conocimiento de la voluntad de Dios, o entenderla.

3.  Lógicamente, la determinación final sobre mantener o disolver su matrimonio la tendrían que tomar ustedes, pues solo ustedes saben, en lo más íntimo de su ser, todos los pormenores de su caso particular. Tomar una decisión totalmente objetiva, bíblica, y por ende, sabia, es el reto. No engañarse a sí mismos, ni dejar que otros les engañen. Porque si deciden separarse, se expondrían, posiblemente, a múltiples pruebas y tentaciones, las que asechan a los seres humanos que viven sin pareja, a menos que tengan el don de continencia. También es preciso pesar el impacto negativo que tal acción pudiera suscitar en la sociedad en derredor suyo y aun en la iglesia misa. Desde luego, estas últimas consideraciones no serían decisivas de haber otras más importantes que las relegaran a segundo plano.

 


 

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